Ley de Régimen Electoral = Ley Mordaza – Sindicatos de la prensa cruceña / HOYBOLIVIA – 1.7.2010

Frente a la promulgación de la Ley de Régimen Electoral, que en sus 266 Artículos, 7 disposiciones transitorias, una derogatoria y otra abrogatoria, señala que en la parte referida a los medios de comunicación se indica que los que quieran emitir cualquier tipo de propaganda política en prensa, radio y televisión tienen que inscribirse indispensablemente a la Dirección Nacional de Comunicación y al Tribunal Supremo Electoral quienes otorgaran permisos escritos.

Organismos de prensa rechazan Ley que coarta libertad de expresión
Radio FmBolivia (Noticias Bolivianas), 1.7.2010

Coartan libertad de expresión y el derecho a la información EL DIARIO, 1.7.2010

Una asociación de diarios bolivianos advierte con demandar la …FmBolivia.Net (Noticias de Bolivia) - ‎1.7.2010


Asimismo los medios no podrán emitir libremente propaganda alguna, incluso se autoriza la intervención de celulares y teléfonos evitando entrevistas en medio de informativos, caso contrario estarán sujetos a sanciones penales, independientemente las multas que aplicará el Tribunal Supremo Electoral, así mismo el Art. 19 (prohibiciones) indica que no se podrá realizar programas de análisis, entrevista a los analistas políticos bajo sanción penal.

Esta nueva LEY MORDAZA (Ley de Régimen Electoral), hace que los ciudadano y sus organizaciones no tengan el acceso a la información y a la libre expresión como un derecho fundamental, como puede sustentarse un Estado sin confianza, y sin garantías para el ejercicio de la actividad de los medios y los trabajadores de la prensa en general?
La Constitución Política del Estado Plurinacional que garantiza la libertad de opinión, no es un fin en sí, sino un medio `para conseguir el equilibrio entre gobernantes y las fuerzas sociales actuantes y representadas.

La Resolución 59 de la Asamblea general de las Naciones, establece; la libertad de información es un derecho humano fundamental y el Art. 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos del 1948 define: Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones, y de difundirlas sin limitación de frontera por cualquier medio de expresión.

Los TRABAJADORES DE LOS SINDICATOS DE LA PRENSA INDEPENDIENTE, RADIO Y 1ro DE MAYO de Santa Cruz de la Sierra, afiliadas a la Federación de Trabajadores de la Prensa Cruceña, manifiestan su preocupación y rechazo a la LEY DE REGIMEN ELECTORAL (LEY MORDAZA), que en una forma sañuda, prepotente y arbitraria pretende delinear duras restricciones en contra de la Libertad de Expresión y Libertad de Prensa, bajo sanción penal lo que hace que nos encontremos en estado de emergencia, demandando al gobierno del presidente Evo Morales Ayma, la modificación del artículo 19 de la ley referida, hacemos un llamado a la ANP, ASBORA, CAMARA DE COMUNICADORES, CONFEDERACION DE LA PRENSA, ASOCIACIONES DE PERIODISTAS, convocándolos a una reunión de emergencia y hacer unánime el REPUDIO Y RECHAZO A ESTE NUEVO ATENTADO CONTRA LA LIBERTAD DE EXPRECIÓN.

Santa Cruz 30 de Junio de 2010

Francisco Arauz Caro
Sind. Trab. Prensa Independiente

Nhora Panique Cadario
Sind. Trab. Prensa Radio

Maritza Roca Bruno
Sind. Trab. Prensa Independiente

Erlan Justiniano
Sind. Trab. Prensa 1ro de Mayo

Fuente: http://www.hoybolivia.com/Noticia.php?IdEdicion=786&IdSeccion=7&IdNoticia=36410

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