Los 36 pueblos originarios aplicarán su propia justicia – EL DIA – 22.6.2010

La Constitución Política del Estado reconoció 36 nacionalidades y estableció que la justicia comunitaria tiene la misma potestad que la normal. Los castigos varían entre una zona y otra.

FORMAS DE SANCIÓN. • Los chicotazos son el principal castigo en algunas regiones de occidente.

Proponen que haya 36 sistemas de justicia en Bolivia
Clarín.com 22.6.2010

COMENTARIO:

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La Ley de Deslinde Jurisdiccional establecerá 36 tipos de administración de justicia originaria, acordes con el número de  nacionalidades reconocidas en la Constitución Política. Cada una de ellas aplicará su particular justicia, aunque compartirán el reconocimiento de sanciones como los chicotazos.
La información la proporcionó el director general del viceministerio de Justicia Indígena, Eddy Burgoa. La autoridad explicó que la Constitución prevé que la jurisdicción de la justicia comunitaria se fundamenta “en el vínculo particular de las personas”, miembros de una nación o pueblo indígena.
“Con ese objetivo, el anteproyecto de Ley del Deslinde reconoce a estas 36 naciones, a sus autoridades, a sus estructuras y a sus normas, explicó. Añadió que esto también implicará el reconocimiento tácito de las formas de sanción, donde no está contemplado, afirmó, el linchamiento.
Entre las 36 nacionalidades reconocidas están la aymara, quechua, araona, baure, bésiro, chimán, chácobo, guarayu, weenhayek, ese ejja, yuracaré y mojeña. En su cultura la justicia comunitaria no tiene el concepto de delito, sino de faltas y, entre ellas están la infidelidad, el chisme, el abigeato, el robo y problemas de tierras.
Los castigos varían entre una y otra nación indígena. Por ejemplo, en el oriente el  amarrar a un hombre al palosanto, un árbol en el que hay hormigas agresivas, es aplicado a faltas como el robo, mientras que en los pueblos del oriente y del occidente el castigo mayor es el destierro, explicó el diputado guarayo Bienvenido Zacu.
Los chicotazos son otra forma de sanción que está enraizada en los pueblos indígenas, explicó el jiliry mallku del Consejo de Ayllus y Markas de Qullasuyo (Conamaq) Sergio Hinojosa.
El constitucionalista, Óscar Davezies, explicó que será complicado normar la justicia comunitaria. “Va a ser difícil delimitar sus costumbres en una norma. Se va a tener que capacitar a quienes impartan justicia, con cursos de derechos humanos”.
El debate sobre el tema cobró fuerza luego de que cuatro policías fueron linchados por ayllus del municipio de Uncía. “Hay comunidades que admiten la muerte como castigo comunitario”, cuestionó la diputada de oposición, Norma Piérola.
Burgoa discrepó con esta posición y aseguró que se velará por el respeto a los derechos. “El Deslinde respetará los derechos fundamentales de las personas y, en el marco de ese respeto, van a resolver conflictos y problemas dentro del marco del derecho propio, de sus usos y sus costumbres”, afirmó.
No obstante, no explicó cómo se garantizará el respeto a los derechos humanos, cuando en las diferentes nacionalidades practican sanciones corporales o trabajos forzosos contra los que incurren en faltas.
En el occidente, los consejos de ayllus aplican justicia desde sus jilankos, segunda mayor, mallku, kura mallku, apu mallku y el jiliry mallku. En el oriente  existe la estructura del corregidor, el capitán grande, los caciques, segundo cacique y comisarios. Se prevé aprobar el proyecto de Deslinde hasta diciembre de este año / AFP

Jurisdicción en la ley

La jurisdicción originaria es la potestad que tienen las naciones, pueblos indígenas y comunidades interculturales, de administrar justicia conforme a sus principios, valores, normas y procedimientos propios.
El Tribunal Constitucional Plurinacional resolverá los conflictos de competencias y atribuciones que existan entre la Justicia Originaria y la Ordinaria, según se establece el anteproyecto de ley de Deslinde Jurisdiccional.
El artículo 10 del anteproyecto refiere que, cuando haya conflictos de competencia entre jurisdicción “serán resueltos por el Tribunal Constitucional, resguardando el respeto y la vigencia de los derechos colectivos e individuales de las naciones o pueblos”. El constitucionalista Óscar Davezies explicó que el control constitucional estará por encima de la justicia indígena porque velará por la vigencia de la constitucionalidad.

http://www.elnuevodia.com.bo/~nuevodia/index.php?cat=148&pla=3&id_articulo=36320

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