El desafío de los comicios judiciales. Votar no siempre es elegir – Centa Rek – 9.5.2011

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Centa Rek

es senadora de Convergencia Nacional (Foto Anf)

El proyecto de Reglamento de Preselección de Candidatos a Autoridades Judiciales nos deja en claro que votar no siempre es elegir y que la llamada elección terminará en una politización de la justicia.
Las democracias representativa y participativa están en entredicho y Bolivia se encamina hacia una democracia por delegación, en la que una cúpula política y una Asamblea Legislativa obediente y sumisa legalizan lo que les encomienda el Órgano Ejecutivo. Las nuevas leyes “estructurales” que sentaron las bases del Estado Plurinacional plantean básicamente esta situación: Un Estado en el que la ciudadanía no tiene participación real, que no sea para ir a votar de manera simbólica y formal por quienes han sido previamente elegidos por los órganos que obedecen al Ejecutivo. En tales condiciones, los ciudadanos tampoco tienen la opción de reclamar, ni siquiera si están organizados en sindicatos, porque los sindicatos-milicias afines al Ejecutivo pueden allanar estas demandas con el uso de la fuerza y la violencia bajo el postulado de que defienden el “proceso de cambio”.

Es exactamente la agudización y profundización de este nuevo orden el que tenemos ahora por delante con la aprobación del reglamento.
El discurso del Gobierno es que antes el Poder Judicial se cuoteaba y a esto el vicepresidente Álvaro García Linera le ha llamado “prostitución política”, sin dejar en claro que ahora el reglamento, previos candados puestos en la Constitución y en la Ley del Régimen Electoral (LRE), no nos permitirá elegir sino tan sólo ir a votar por aquéllos que los dos tercios de la Asamblea Legislativa seleccionen y que, por supuesto, serán personas identificadas con el partido y predispuestas a judicializar el ejercicio de la justicia, para que el Movimiento Al Socialismo (MAS) pueda seguir dando curso a su proyecto de hegemonía y de persecución a los opositores.
¿Para qué nos llevan a una elección que no es tal? Simple y llanamente porque al haberse desinstitucionalizado el Poder Judicial se ha perdido el estado de derecho y no existe confianza en el Órgano Judicial, el descrédito sufrido por estas acciones es cada día más evidente y la ciudadanía está segura de que existe dependencia del Órgano Judicial al Ejecutivo; por lo tanto, la elección es la manera con la que se intenta implementar un mecanismo de supuesta democracia que permita proseguir con la toma del Poder Judicial, bajo el argumento de que estas autoridades han sido ungidas con el voto del pueblo.
Por supuesto que mediará la formalidad de una elección, pero debemos tomarla entre comillas, puesto que se realizará con candidatos impuestos por la preselección de los dos tercios masistas en el Legislativo, sin que medien los mecanismos para comprobar la idoneidad y probidad de los postulantes, situación que solamente podría implementarse en la medida en que se conforme un comisión de preselección con la cooperación de juristas y abogados notables, quienes harían transparente la calificación de los exámenes, con criterios técnicos en derecho y no como fruto de favores políticos.
El Órgano Electoral tendrá su parte en esta pseudoelección. De acuerdo con lo previsto en la Constitución y la LRE, este órgano será el único responsable de difundir los méritos de candidatas y candidatos y quien proveerá los datos que podrán ser publicados por la prensa oral y escrita. Nada de debates, nada de preguntas o denuncias indiscretas, de tal manera que no se entorpezca la elección del candidato que mejor vaya a servir al Gobierno. Los candidatos que gocen del favor del Gobierno serán, por lo tanto, intocables.
El artículo 82, parágrafo II, de la LRE manda que los medios de comunicación, bajo sanción y sin perjuicio de su responsabilidad penal, están prohibidos de: a) difundir documentos distintos a los producidos por el Órgano Electoral, b) referirse específicamente a una o un postulante en forma positiva o negativa, c) generar espacios de opinión de ninguna índole sobre los postulantes y d) dar espacios de opinión, conducción o participación en programas a cualquier postulante. Es evidente que estos candados no permitirán que la población conozca en quiénes va a recaer su voto y tendremos una elección a la que concurriremos sin opciones y sin conocimiento de la idoneidad y probidad de quienes administrarán la justicia en Bolivia por los próximos seis años.
Como consecuencia de esta acción política confundida con un ejercicio democrático no habrá juicio justo, presunción de inocencia y las violaciones a los derechos humanos se convertirán en una práctica común y corriente y la corrupción seguirá en ascenso, puesto que sin un órgano judicial medianamente independiente los pueblos se pervierten y se destruyen sin remedio.
Por una elección transparente
Debe realizarse un concurso público con participación social, que evalúe con procedimientos expeditos y verificables la formación, experiencia y méritos de los candidatos y que proceda a evaluaciones mediante exámenes de competencia y otros que validen su idoneidad y su probidad.
Para definir la selección se deben evaluar aspectos que tengan que ver con sus puntos de vista  sobre la vida de la sociedad civil y política, la política económica, social, filosófica, moral, ética y las manifestaciones etno-culturales del país.
La  Asamblea debe constituir una comisión examinadora integrada por connotados juristas postulados por universidades y colegios de abogados. En un proceso público se debe comprobar la idoneidad, probidad, méritos, reglados previamente respecto al valor que se asignará a cada documento que acredite la formación profesional o la experiencia.
También, un examen escrito que consistirá en resolver un proceso judicial concreto (ordinario, constitucional, agroambiental, según el cargo al que se postula) en el que debe resolver y dictar una sentencia o auto supremo que corresponda.

¿Qué hay detrás de las elecciones judiciales?

Gabriela montaño Viaña
es senadora del Movimiento Al Socialismo

Voy a empezar recordando que en todos los talleres, reuniones y asambleas a los que asistí en la etapa preconstituyente, cada vez que se hablaba de Poder Judicial (hoy Órgano), habían tres elementos que la gente (hombres, mujeres, urbanos y rurales, mestizas o indígenas) repetía una y otra vez:

1. Las autoridades judiciales se eternizan en sus puestos y en el poder, al menos diez años.

2. Las autoridades judiciales están ahí por favores políticos, y esas deudas se cobran tarde o temprano.

3. No hay justicia para las mayorías en Bolivia; el que no tiene plata, no tiene justicia.
Yo no digo que estas condiciones contra las cuales la gente se reveló ya hayan sido modificadas en la realidad, luego de la aprobación de la Constitución Política del Estado (CPE) y las cinco leyes orgánicas.
Sin embargo, la CPE diseñó respuestas constitucionales a estas preocupaciones y se construyeron colectivamente, desde esos mismos espacios (asambleas, talleres, reuniones), no en el escritorio de algún iluminado:
1. Se acortaron los mandatos de las autoridades judiciales, beneficiando el recambio de las mismas.
2. Se elegirán por voto popular, por primera vez en la historia de nuestro país, y siendo la primera nación en el mundo, a las autoridades judiciales, en reemplazo del viejo cuoteo político del Órgano Judicial. La condición fundamental para este proceso es evitar la politización partidaria de estas elecciones.
3. No es posible pensar en la existencia real de justicia para todas y todos, sin cambios profundos en los operadores de justicia y en la estructura de un órgano del Estado tan lejano para la gente, además de los contenidos de las leyes, desde el tipo de lenguaje hasta la posibilidad de que éstas cambien la calidad de vida de la gente.
Ahora bien, pasemos al momento actual…
Evitar la politización partidaria de esta elección implica el desarrollo en las leyes y el reglamento de los principios constitucionales. No se trata sólo de buenas o malas intenciones. Los partidos políticos y agrupaciones ciudadanas no pueden postular ni respaldar en esta elección; las postulaciones se hacen desde la sociedad civil, organizada o no.
Éste es sólo el primer paso. La Asamblea Legislativa Plurinacional, como cuerpo fundamental de la democracia representativa, preseleccionará de entre las y los postulantes que cumplan los requisitos establecidos en la Constitución y las leyes.
Esta preselección no se basa en los cuoteos políticos, como fue en 1999, sino en que las y los asambleístas, representantes legítimos del pueblo boliviano, tenemos la tarea de preseleccionar a las mejores personas para que luego el pueblo boliviano defina con su voto.
El cumplimiento de requisitos, por si alguna duda cabe, también es un mandato constitucional. Hemos escuchado voces detractoras de este proceso que dicen ‘esta preselección sería democrática, si los académicos y colegios de abogados participaran de ella’. ¿Son estos entes o sus directivas acaso elegidos de manera más democrática que las y los asambleístas? Pues, la respuesta es un NO rotundo. ¿Es la elección una cuestión fundamentalmente de académicos y abogados? Otra vez, NO; somos todos los y las ciudadanas y ciudadanos, los pueblos indígena originario campesino, los que sufrimos la falta de justicia y la insensibilidad de estos operadores de justicia.
El segundo mandato constitucional para garantizar la despolitización partidaria de este proceso es la prohibición expresa de campaña por parte de las y los postulantes. Esto no significa la prohibición de difusión de información.
Esto se garantiza habilitando al administrador del proceso, es decir, al Tribunal Supremo Electoral, para que sea la entidad neutral que haga conocer a la población la trayectoria de cada una o uno de las y los candidatos. Los filtros de construcción marquetinera del asunto se ven francamente limitados, pero, definitivamente, no la libertad de expresión y de pensamiento.
Se trata de candidaturas sui géneris, que no tienen que ofrecer un programa de gobierno, proyectos, obras, ni nada por el estilo. Su deber será cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes. Las diferencias fundamentales entre estas personas tienen que ver con su trayectoria, experiencia, pero por sobre todas las cosas su comprensión de las posibilidades reales de una revolución judicial en un país de tantas desigualdades a la hora de la “justicia”.

Garantías en una batalla larga

Voy a dar, además, un pequeño pincelazo de otra revolución dentro de ésta. Se garantiza por primera vez la presencia de mujeres y personas con autoidentificación indígena originaria campesina en las instancias máximas de toma de decisiones del Órgano Judicial.
¿Tendremos las grandes mayorías excluidas de nuestra Bolivia, mujeres y pueblos y naciones indígenas originarias, con esta política de Estado, garantizados nuestros derechos? Pues creo que es un gran avance, de cara a una región donde la participación en espacios de toma de decisiones de mujeres e indígenas es todavía escasa. Sin embargo, no es garantía… Esa batalla es todavía muy larga.
¿Se imaginan cuánto podría cambiar el Órgano Judicial con mujeres comprometidas con nuestros derechos humanos? ¿Se imaginan si las y los operadores de justicia tuvieran metidos en sus entrañas el Estado Plurinacional, la diversidad étnica y cultural, la realidad de pobreza y barreras que provocan la exclusión y el marginalismo? Ésa, creo yo, es la posibilidad que tenemos en las manos todas y todos en la elección de octubre.
Fuente: La Razón

Enviado por la autora Centa Rek López [rcenta@hotmail.com]

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