Anuncian proceso a Ávalos por ‘violar’ ley antirracismo – EL DEBER – 30.10.2010
Causa. Senador se refirió a la dirigencia cívica como ‘viejos cabeza pelada’
“Esos viejos cabeza pelada solamente hablan zonceras nomás”, expresó textualmente el senador.
Artículo 281. La persona que menoscabe, impida o anule el ejercicio de los derechos individuales y colectivos (por motivos de edad, procedencia regional, apariencia física) será sancionada con pena privativa de libertad de uno a cinco años.
- Agravante. La sanción será agravada en un tercio el mínimo y en una mitad el máximo cuando el hecho sea cometido por un servidor o autoridad pública.
Freddy Lacio Fernández
El senador Isaac Ávalos, jefe de la bancada del MAS en la Cámara Alta, fue acusado ayer de violar la recién aprobada Ley contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación, al utilizar términos discriminadores para referirse a la dirigencia del Comité pro Santa Cruz durante una entrevista con varios canales de televisión.
Diputados de oposición criticaron las expresiones del sindicado y fueron más allá al anunciar que el parlamentario masista será el primer procesado bajo los términos de la nueva normativa.
Consultado por los medios sobre el sexagésimo aniversario del Comité Cívico, Ávalos pidió un cambio generacional en la directiva de la institución. “Hay que poner jóvenes (…). Esos viejos cabeza pelada solamente hablan zonceras nomás”, expresó textualmente el senador, ante los medios de comunicación.
La nueva normativa define como discriminación a toda forma de distinción, exclusión, restricción o preferencia por motivos de edad y apariencia física, entre otras razones. También establece que la sanción será agravada en un tercio el mínimo y en una mitad el máximo cuando el hecho sea cometido por una servidora o servidor público o autoridad pública.
Aunque en el Comité prefirieron no contestar lo que consideran un exabrupto del oficialista, aduciendo que la directiva se encontraba demasiado ocupada con la organización de los festejos por el aniversario de la entidad, las críticas del sector político no se hicieron esperar.
El diputado Tomás Monasterio, de Convergencia Nacional (PPB-CN), opinó que es ‘absolutamente triste’ que un senador del oficialismo sea ‘el primer actor nefasto en ser sujeto de un proceso por la ley antidiscriminación’.
“Acá se observa la bipolaridad del MAS, que por un lado habla de acabar con la discriminación y el racismo, mientras que este señor lanza todo tipo de improperios y descalificaciones, utilizando términos racistas, discriminadores y de odio”, señaló el diputado.
Monasterio afirmó que personalmente impulsará un proceso contra el senador masista. “Un vez hagamos una apreciación del caso a través de los medios, (Ávalos) será la primera persona juzgada en la ley antirracismo. Quiero ser claro en que se van a plantear las acciones correspondientes contra este señor por dañar la imagen y descalificar al presidente del Comité Cívico y a la institución”, manifestó el opositor.
El diputado indicó que hará la representación respectiva del caso, el miércoles, ante la Asamblea Legislastiva Plurinacional. “Ojalá que la lucha antidiscriminación que pregona el MAS no sea sólo el pretexto para acallar la voz de los medios de prensa”, concluyó.
Por su parte, la diputada Adriana Gil señaló que es una constante de Ávalos ‘lanzar improperios e insultos cuando se le acaban los argumentos’.
“Más allá de usar términos discriminadores dice cosas sin sentido. Si el MAS está pidiendo respeto debería comenzar por respetar a los que piensan diferente”, señaló Gil.
Se trató de conocer la opinión del Centro de Orientación Socio Legal con y por las personas de edad y la Asociación Nacional de Adultos Mayores de Bolivia, pero en ambos lugares se abstuvieron de contestar. También se habló al número del teléfono corporativo de Ávalos, pero no se logró la comunicación.
Celebran acto por 60 años del Comité
La celebración del sexagésimo aniversario del Comité pro Santa Cruz provocó sensaciones encontradas al presidente de la institución, Luis Núñez, que dijo sentirse orgulloso y alegre de llevar las riendas del denominado gobierno moral de los cruceños, pero al ‘cumplir un año más de vida en este momento también hay hartísima tristeza y dolor’, señaló.
“Aquí deberían estar nuestros perseguidos políticos de este Comité. Perseguidos injustamente por un centralismo que ha judicializado la política. Mi hermano Branko (Marincovik) y mi hermano Guido (Náyar), compañeros de lucha de mi persona… Ellos sufren, ellos lloran. Nosotros como pueblo nunca debemos olvidar que ellos lucharon por nosotros”, expresó el líder cívico, casi al borde del llanto, provocando un acalorado aplauso de la concurrencia.
Núñez también criticó la ausencia ‘de los faltones que no vinieron’, en alusión a los últimos presidentes del Comité Cívico.
Por lo demás, durante el acto se presentó un documental sobre los 60 años de la institución, antes de dar paso a la distinción, con la Medalla Conmemorativa de los 200 años, a Hernando García Vespa, fundador del Comité.
Otro momento emotivo se vivió cuando se reconoció póstumamente al unionista Edson Ruiz Aguayo y al profesor portachueleño Pedro López Pérez, como mártires de la autonomía.
Finalmente, se reconoció a María Luisa Lozada con la medalla al Mérito Cívico, y a monseñor Nicolás Castellanos con la medalla al Mérito Institucional.
Lo dice la norma
- Ley Nº 45. La Ley contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación señala, en su artículo 3, que se aplicará en todo el territorio nacional y en los lugares sometidos a su jurisdicción, sin reconocer inmunidad, fuero o privilegio alguno.
- Artículo 5. Se define como discriminación a toda forma de distinción, exclusión, restricción o preferencia fundada en razón de sexo, color, edad, orientación sexual e identidad de géneros, origen, cultura, nacionalidad, ciudadanía, idioma, credo religioso, ideología, filiación política o filosófica, estado civil, condición económica, social o de salud, profesión, ocupación u oficio, grado de instrucción, capacidades diferentes y/o discapacidad física, intelectual o sensorial, estado de embarazo, procedencia, apariencia física, vestimenta, apellido u otras.
- Equidad Generacional. Es el reconocimiento y valoración de las diferencias generacionales de mujeres y hombres, con el fin de alcanzar justicia social que garantice el beneficio pleno de sus derechos sin perjuicio de su edad.
- Artículo 281. La persona que menoscabe, impida o anule el ejercicio de los derechos individuales y colectivos (por motivos de edad, procedencia regional, apariencia física) será sancionada con pena privativa de libertad de uno a cinco años.
- Agravante. La sanción será agravada en un tercio el mínimo y en una mitad el máximo cuando el hecho sea cometido por un servidor o autoridad pública.
http://www.eldeber.com.bo/2010/2010-10-30/vernotasantacruz.php?id=101030004114