Gobierno decreta la obligación de registrar códigos de celulares – 5.11.2009

“Con esta medida, el Ejecutivo quiere superar los problemas que tuvo en 2007 la aplicación de una resolución administrativa de la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sitel) que imponía a las operadoras la obligación de registrar los celulares de sus clientes para evitar robos.” cita

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COMENTARIO: ¿Big Brother is watching you?

El registro empezará cuando la ATT haya redactado el reglamento del Decreto 353, es decir, en 15 días.

El Gobierno decretó ayer el registro obligatorio y gratuito de los celulares en las operadoras del sector con el propósito de que sean inhabilitados en caso de pérdida o robo. Este proceso comenzará en 15 días y durará tres meses. Tigo, Entel y NuevaTel desactivarán los móviles que no hayan sido inscritos en ese plazo.

Con esta medida, el Ejecutivo quiere superar los problemas que tuvo en 2007 la aplicación de una resolución administrativa de la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sitel) que imponía a las operadoras la obligación de registrar los celulares de sus clientes para evitar robos.

Dos de esas dificultades fueron la falta de una campaña de orientación para los usuarios y que éstos no se presentaban para hacer la inscripción.

El Decreto 353, emitido este miércoles, crea los Registros de propiedad de Equipos Móviles y de Titulares de Cuentas, los que “constituyen fuente oficial de información y verificación para las acciones orientadas a mejorar (…) la seguridad ciudadana”.

Las operadoras de telefonía móvil se encargarán de la administración y el mantenimiento de ese banco de datos.

Cada cliente podrá inscribir una cantidad indefinida de celulares de manera personal, una llamada telefónica o mediante medios electrónicos, como una página web, SMS o correo electrónico. Los menores de 18 años deberán presentarse con una persona mayor de edad.

Para el registro del aparato celular se deberá declarar el nombre del propietario, número de documento de identificación personal y el código de identificación internacional de equipo móvil (IMEI) o su equivalente.

También se deberá dar el nombre de la persona que solicitó el servicio a la empresa de telefonía móvil, su número de carnet de identificación y el número asignado al móvil.

El IMEI es el número de serie único que el fabricante (Nokia, Sony-Ericsson, LG, etc.) graba en cada celular y que no se repite en ningún otro.

El propietario puede obtener el IMEI mediante el siguiente procedimiento: marcar *#06# (asterisco, numeral, cero, seis, numeral). No se debe presionar “send” o “enviar”. El decreto autoriza a los operadores a “suspender el servicio” de los celulares que no hayan sido registrados en el plazo establecido.

La norma ejecutiva también otorga a las empresas de telefonía móvil la facultad de cortar las llamadas cuando tampoco se haya registrado en el plazo de 90 días el número asignado (de teléfono móvil) al titular de una cuenta.

El servicio se interrumpirá además por solicitud de un cliente que haya extraviado su artefacto. El decreto asigna a las operadoras la tarea de comprobar que el móvil que una persona o empresa quiera habilitar no haya sido declarado perdido o robado. En caso de presentarse esta situación, el aparato deberá quedar incautado y se dará el reporte a su dueño.

Sobre los plazos

La Autoridad de Telecomunicaciones y Trasporte (ATT), ex Sitel, es la encargada de elaborar el reglamento del Decreto 353 para normar, por ejemplo, la modalidad de denuncia de pérdida o robo de un móvil. El viceministro de Transporte, José Kinn, puntualizó que el decreto entrará en vigencia cuando sea publicado por la Gaceta Oficial de Bolivia y anunció que eso puede ocurrir hoy, día en el cual se deberá comenzar a contar los 15 días de plazo para la elaboración del reglamento y los tres meses para la registro del IMEI y los otros datos.

Explicó que con esta disposición el Gobierno pretende disminuir el elevado índice de robo de celulares, que “provoca incluso la muerte violenta de sus propietarios”.

De acuerdo con la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), en La Paz se reportan sólo dos o tres robos de móviles por día. Pero, según esa misma fuerza policial, las cifras reales son considerables.

El 24 de octubre de este año un juez cochabambino dispuso la detención preventiva de tres adolescentes liderados por Reynaldo Valderrama, el “Pichón”, de 20 años, quien confesó haber disparado a quemarropa contra un joven de 17 años para robarle un celular.

Otros detalles

El Gobierno emitió este decreto con el propósito de reducir el robo de celulares y acabar con el mercado negro donde se venden estos aparatos bajo el rótulo de usados o de segunda mano. También se quiere evitar que las empresas operadoras activen, sin previa comprobación, los celulares perdidos o sustraídos tal como ocurre ahora, según declaró anoche el viceministro de Transportes, José Kinn.

Cuando un celular sea registrado mediante una página web, correo electrónico, SMS o una llamada telefónica, la Autoridad de Telecomunicaciones y Transporte (ATT) hará la verificación de la identidad del dueño de la cuenta y del móvil mediante otros bancos de datos, como los de la empresa operadora que presta el servicio.

Desglose de algunos artículos de la norma ejecutiva

Artículo 2. Definiciones: Equipo terminal móvil: Equipo electrónico por medio del cual el usuario accede a las redes de telecomunicaciones móviles.

Identificador internacional del equipo móvil (IMEI): Código pregrabado en los teléfonos móviles de tecnología GSM que identifica a un aparato de manera específica.

Titular de cuenta. Persona natural o jurídica a cuyo nombre se registra la cuenta para la provisión del servicio de telecomunicaciones móviles en el Registro de Titulares de Cuentas.

Propietario de equipo terminal móvil. Persona natural o jurídica a cuyo nombre se registra la propiedad del Equipo Terminal Móvil en el Registro de propiedad de Equipos Terminales Móviles.

Número de cuenta. Número asignado al titular de cuenta por la empresa operadora.

Tarjeta SIM: dispositivo electrónico con información de una cuenta de servicios de telecomunicaciones.

Artículo 6. Registro de nuevos usuarios. A partir del inicio del funcionamiento de los registros, las empresas operadoras de redes de telecomunicaciones móviles, para la habilitación de nuevas cuentas, deberán contar con el registro del titular de la cuenta y del propietario del equipo terminal móvil.

Artículo 8. Baja y rehabilitación de los equipos terminales móviles. A solicitud del propietario del equipo terminal móvil registrado, las empresas operadoras de telefonía móvil darán de baja del servicio a los equipos terminales móviles reportados como extraviados, hurtados, robados o desechados.

Los datos

En 2007, la Superintendencia del sector emitió una resolución para el registro de celulares.

La medida fracasó, pero las operadoras no fueron sancionadas por el ente regulador.

El Decreto 353 establece el corte del servicio de telefonía de los móviles que no sean inscritos.

 Fuente: http://www.ibce.org.bo/ibcedata/05112009/nacionales.asp?periodico=laprensa.asp&id=5950;

8 comentarios

  • By Juan Carlos Escalier, 17 Noviembre 2009 @ 10:46 am

    Señores:

    Tengo una consulta mas que un comentario, si yo quiero renovar de celular u obtner otro unidad tendre que compralo el nuevo celular solo de las empresas que proveeen el servicio?????puedo importar yo celulares de EEUU por ejemplo y venderlos aca en Bolivia?????claro teniendo toda la docuemntacion en regla.

    Atento a sus comentarios me despido.

    Juan Carlos ESCALIER
    LOGISTIC GROUP SRL

  • By Willi Noack, 17 Noviembre 2009 @ 11:13 am

    Estimado Juan Carlos, lamento, no tengo esta información.
    Saludos cordiales, WN

  • By neil marco torrez, 6 Diciembre 2009 @ 11:59 am

    que sucede en el caso de mi persona por ejemplo que tengo un celular con 2 chips de empresas distintas en cual inscribo y si posterior a la inscripcion yo puedo seguir cambiando de chips ya que en el caso mio el chip de entel me resulta perfecto para santa cruz pero el momento que ingresa san ignacio del sara tengo que poner el de tigo ya que el otro pierde facilmente su señal por favor expliquenme como le hago gracias

  • By luis, 13 Diciembre 2009 @ 17:34 pm

    disculpe cual seria la solucion si en mi caso compre un celular a medio uso en la eloy salmon y si lo vendieron o robaron en esa galeria y ya fue registrado perderia mi inversion o que??

  • By Lion, 17 Diciembre 2009 @ 12:56 pm

    Una consulta…!!!
    Yo tengo 5 celulares todos de de los primeros que salieron a color ejemplo nokia 3220 etc. y los queria vender para comprarme algun celular talves un poco mas actual. Y la pregunta es ¿tengo que registrar los 5 celulares?¿no pensaran que soy un comerciente de celulares a medio uso?¿Ahora despues que pase todo este tiempo de registro tendre que comprarme un celular de las empresas(entel, tigo y demas cagadas)? que la verdad son un verdadero dineral y que en este tiempo de crisis hay que buscar lo mas barato? por lo menos subiera el nivel de servicios de las empresas para mi el peor en ENTEL

  • By Alfred, 21 Diciembre 2009 @ 21:57 pm

    una gran parte de los usuarios somos menores de edad, pero hay el lio de q hay q ser mayor de edad y tener papeleta de sufragio(bueno, esas son las opciones en Tigo)…no quisiera registrarlo a nombre de mi viejo!!!

  • By magui luz, 25 Diciembre 2009 @ 8:35 am

    hola una consulta ….en caso de que un auto me lo destrozara mi celular completamente antes de registrarlo. Que debo hacer para recuperar mi numero??? por que eso paso con mi pobre celular…

  • By Gaby, 12 Marzo 2010 @ 16:00 pm

    una duda: si yo ya registre mi celular en entel con mis datos y todo, que pasa si al dia siguiente lo pierdo y otra persona registra el mismo cel en VIVA a su nombre, esto antes de la fecha 16 de marzo???

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