Libre mercado e intervencionismo del Estado II y III

Autor: Willi Noack

Publicado: El Nuevo Día, 4.3.2002

(04/03/2002)Opinión

Libre mercado e intervencionismo del Estado II y III
Willi Noack*

En dos artículos anteriores he estado hablando de diversos tipos de intervencionismo, que he resumido en las siguientes categorías.

a. Según el objetivo específico o el propósito.

b. Según el campo afectado.

c. Según el carácter operativo de la medida.

d. Según el grado de compatibilidad con el mecanismo del libre mercado.

e. Según la vigencia (duración) de la medida.

Continúo refiriéndome al tipo de intervención que figura en el inciso b.

Existen intervenciones del Estado a favor de regiones, como por ej. para el departamento Pando. Bolivia, en su progresista legislación como es la Ley 1551 del 20 de abril de 1994, vulgo LPP, contempla este concepto: “Artículo 29 (Fondo Compensatorio Departamental): A favor de los departamentos que estén por debajo del promedio nacional de regalías departamentales por habitante, se establece una compensación presupuestaria anual a cargo del Tesoro General de la Nación, por un monto que permita alcanzar este promedio.” El capítulo II del D.S. 23.813 reglamenta este artículo. No puedo referir sobre el acatamiento de estas normas legales…. También entra este enfoque del apoyo a las regiones en la “pelea” por la “justa” distribución del dinero liberado por HIPC. Estos ejemplos, junto con otros, comprueban que el modelo boliviano vigente se enmarca en la filosofía de la Economía Social de Mercado, ESM.

c. También se conocen intervenciones a favor de determinadas empresas grandes o productores estratégicos, sobre todo en los países que proclaman la libertad de los mercados -mientras les conviene.

Las intervenciones pueden clasificarse también según el carácter operativo de la medida, utilizando de preferencia los precios y las cantidades. Estos son conocidos como gravámenes, aranceles, subvenciones, impuestos, premios, regalías, retenciones, bandas de precios, etc., Su efecto está sobre el precio, que no resulta de la oferta y la demanda. Estos precios fijados por el Estado no funcionan a la larga: ver ocultismo de mercadería en los años 1984/85, o la actual presión de Duhalde para evitar una inflación galopante, mediante congelamiento de precios. No resulta simple. A esta categoría pertenece el ejercicio de controles sobre inversiones privadas por parte del Estado, sea por control directo o indirecto. Las cantidades se utilizan dentro de las políticas proteccionistas, permitiendo solamente la importación de limitados contingentes (ver UE, EE.UU.).

d. Otra categoría de intervención es la distinción de medidas intervencionistas por su compatibilidad con los macro-objetivos (evitando efectos colaterales no-deseados) y con los principios de hierro, principalmente con el mecanismo de la determinación de precios por demanda y oferta. Un ejemplo: si el Gobierno quiere favorecer a un determinado segmento de la población, digamos los estudiantes, debe darles dinero para comprar lo que sin este subsidio no pueden comprar, pero no debe obligar a los ofertantes a vender a los estudiantes a precios fijos bajos, pues o no se presta el servicio (ver muchachos frustrados por micros pasando de largo por no parar, siendo el pago más bajo) o los 8 millones bolivianos se convierten todos en estudiantes para pagar un precio preferencial.

e. Una intervención puede ser limitada en su vigencia o ilimitada. Las salvaguardas que permite la OMC tienen una validez de máximo 180 días; en este lapso, los temporalmente “protegidos” deben haber curado las causas de un problema, cuando se retira la curita y la Aspirina. Otorgar favores sin límites temporales, son tan negativos como dar a un canino un hueso y pretender quitárselo después. El mejor ejemplo es el proteccionismo del sector agropecuario europeo: por buenos motivos, en su momento, se le otorgó sus privilegios hoy intocables, que durante décadas saben defender con uñas y dientes, y los gobiernos de turno se huyen de esta “cascabel”. Recién, en Doha/Qattar, la OMC aceptó, bajo presión fuerte de ATTAC, incluir el tema de la protección del sector agropecuario en su agenda de la próxima ronda para liberalizar el comercio internacional.

Resumiendo:

Cualquier intervención del Estado en el funcionamiento del libre mercado es complicada, llena de trampas y potencialmente causante de estallidos sociales (ver Argentina).

Son primordialmente medidas de emergencia y de excepción, pues el principio elemental es otro, es garantizar la libertad de demanda y oferta, sin regulación de precios, ni de cantidades. Su uso debe ser restrictivo, tratándose de medicina de doble filo.

Se crea una instancia autoritaria burocrática muy poderosa del Estado, pues reparte dinero recaudado por el TGN del conjunto. ¡Qué bien que en Bolivia sólo hay funcionarios públicos honestos! Es de suponer que los siempre “privilegiados” abogan las intervenciones del Estado.

Muy dañinos son los efectos colaterales (“by effects”), por ej. lograr la consolidación del sistema financiero, pero llevando muchas empresas al abismo. Los objetivos que son utilizados para justificar la intervención deben ser “operacionales” (manejables, como una variable macroeconómica), es decir, medibles, comparables, objetivos, costeables, etc. Intervenir en el mecanismo, por ej., a nombre de la “dignidad del trabajador” es inadmisible, pues en la historia se conocen los ejemplos de barbaridades cometidas a nombre de objetivos nobles como la dignidad.

Finalmente: Intervención consiste también en procurar que uno no paga sus impuestos en desmedro del conjunto. Tenía el sueño que todos, absolutamente todos, contribuyan pagando sus impuestos y que este dineral fuera invertido, sin merma, en obras sociales, escuelas, hospitales, caminos.

Con eso se acabaría mucha miseria que causa el intervencionismo, colocando parches, pero sin curar la enfermedad.

Para estudiar el “caso Argentina” consulte www.eforobolivia.org, palabra de búsquedas “Argentina, crisis 2002”).

fecha: 2002-03-04 19:36:27
autor: Willi Noack

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