La modernización del Estado centralista – Willi Noack – EL DEBER – 4.5.2003

Autor: Willi Noack

Publicado: http://www.el-deber.net/20030504/opinion_3.html
Santa Cruz de la Sierra – Bolivia, Domingo 04, Mayo de 2003
La modernización del Estado centralista

Willi Noack *

El gobierno del MNR del período 1993 – 1997 se comprometió a reformar el Estado en su plan de gobierno, conocido como Plan de Todos (Decreto Supremo no. 23.883). Citamos:
“2.2 La reforma de la CPE. ….permitió (en la redacción fue utilizado el tiempo pasado – que está todavía por llegar. WN) la modernización de la estructura del país, adecuando el orden normativo a las transformaciones económicas, sociales y políticas. (…) Por otra parte, se refleja en la definición de funciones y atribuciones de los GOBIERNOS DEPARTAMENTALES (mayúscula por WN) y en el fortalecimiento de los municipios como mecanismos para descentralizar las tareas políticas y administrativas.” (p.24/25).
“6.2 Optimización del rendimiento estatal. Lo que significa: superar el centralismo administrativo generando mecanismos de descentralización de las decisiones estatales, para hacer que el Estado sea más permeable a las demandas de los actores regionales y locales, y para evitar una sobrecarga de demandas que cree crisis de gobernabilidad.” (p.90). Y nacieron dos leyes: la muy positiva Ley de Participación Popular (LPP) y la Ley de Descentralización Administrativa (LDA), una caricatura de una ley democrática.

En el Diálogo Nacional 2000 se manifestaron las molestias por la falta de una descentralización política, oponiéndose a la “desconcentración”. La “Estrategia” (EBRP) recogió estas amargas críticas y habló de un concepto “perverso”, refiriéndose a la situación en los gobiernos departamentales. El gobierno Banzer se había comprometido en su plan de trabajo (Decreto Supremo 24.916):

“En este sentido se concordarán, revisarán, complementarán y/o reglamentarán las disposiciones legales y normas referidas a la Municipalización, Participación Popular, Descentralización y Organización del Poder Ejecutivo, para lograr un mayor desarrollo, integración y coherencia normativa en lo referente a las competencias privativas, transferidas, delegadas y concurrentes de los niveles de administración nacional, departamental y municipal, así como a las interrelaciones entre los tres niveles del Estado. Para el caso, se aplicará el concepto de la subsidiaridad, que establece que ningún órgano de nivel superior podrá asumir atribuciones que puedan ser llevadas a cabo por los órganos de menor jerarquía.” (p. 106). Otra declaración de buenas intenciones que quedaron incumplidas.

¡Qué bien que ahora muy influyentes círculos cruceños hayan nuevamente descubierto con gran ánimo de lucha la importancia eminente de reformar las estructuras del Estado, tema altamente urgente e importante que debería discutirse en el Parlamento, sobre propuestas elaboradas por notables constitucionalistas entendidos en una materia muy complicada. Podemos comparar nuestra modalidad de trabajo con la de la Unión Europea, que también precisa dotarse de una constitución moderna para sus 15 (pronto 25) países miembros….

¡Esperemos que la lucha cruceña propagada por la ahora titulada “autonomía regional” sea exitosa, más exitosa que la lucha por la descentralización u otros intentos idénticos de reformar el Estado boliviano, los cuales solamente tenían otros nombres y protagonistas! Lo que sí es de esperar (¿exigir?) es que los ilustres promotores de la actual campaña consideren los principios de la subsidiaridad y estudien el federalismo (concepto lamentablemente mal entendido). Navegando en el Internet (con Google, por ejemplo) se abren mundos de teoría, práctica y experiencias relevantes. La UE no necesita navegar, pues sus mejores expertos constitucionalistas trabajan en la redacción del borrador sobre el cual se va a debatir o pelear en los parlamentos.

* www.eforobolivia.org

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Glosario imprescindible:

Se manejan actualmente palabras no siempre con la precisión imprescindible y así corriendo riesgos de que la argumentación carece de exactitud. Algunas palabras son hipotecadas con significativos falsos.

Según la RAE signifaca…

Autonomía: 3. Potestad que dentro del Estado pueden gozar municipios, provincias, regiones u otras entidades de él, para regir intereses peculiares de su vida interior, mediante normas y órganos de gobierno propios.

Centralismo: Doctrina de los centralistas, relativo a la centralización política o administrativa.

Desconcentrar: no hay definición; concentrar significa “reunir en un centro o punto lo que estaba separado”.

Confederación: Alianza, liga, unión o pacto entre personas, grupos o Estados. 2. Conjunto resultante de esta alianza, sea un organismo, una entidad o un Estado. Confederación helvética.

Descentralizar: Transferir a diversas corporaciones u oficios parte de la autoridad que antes ejercía el gobierno supremo del Estado.

Federalismo: Espíritu o sistema de confederación entre corporaciones o Estados.

Sedición: Alzamiento colectivo y violento contra la autoridad, el orden público o la disciplina militar sin llegar a la gravedad de la rebelión.

fecha: 2003-05-04 16:28:36
autor: Willi Noack

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