Panacea

Panacea

Autor: Willi Noack

Publicado: El Nuevo Día, 21.03.2001

Una panacea es un remedio o una solución general para cualquier mal. Tengo la impresión de que la panacea de moda actual es el control social y el diálogo. Hablemos del primero. El Gobierno central define el control social de la siguiente manera:

“El control social debe ser entendido como el ejercicio de un derecho ciudadano reconocido en la CPE de acceder a la información sobre la administración pública y la posibilidad de solicitar que se atiendan las demandas legítimas y se dé satisfacción a las necesidades básicas de los ciudadanos. El control social deberá concentrar su atención en la verificación de los resultados de la gestión pública y deberá contar con canales expeditos e institucionales para presentar denuncias o reclamos en los casos que sea necesario.” Fuente: Estrategia Boliviana de Reducción de la Pobreza, no. 608.

Esta definición exige algunas observaciones críticas:

· En vez de “derecho ciudadano” debería decir: “una obligación irrevocable del Estado so penalización”.

· En vez de “acceder a la información” debería decir: “El Estado tiene que proporcionar ciertas informaciones en establecidas fechas en forma detallada” y publicar con anticipación licitaciones, PAOs, etc. Debe tratarse de una transparencia obligatoria, cuya desobediencia sea sancionada por la Ley 1178, y rendir cuentas, mediante Internet, cada mes, cada trimestre, etc.

· En vez de tener la “posibilidad de solicitar” (¿será que eso refleja un derecho ciudadano?) debe decir: “El Estado está obligado a responder a las observaciones con presentación de documentos de descargo, dentro de plazos cortos, so pena de sanciones”.

· En vez de que “se atiendan las demandas legítimas” debe decir: “obligatoriamente cumplir las leyes que norman el accionar del Poder Ejecutivo del Estado en todos los aspectos”.

· Dice el 608 que el control social debería concentrarse en ciertos asuntos, cuando un control social de verdad debe ser ilimitado y facultado a controlar todos los niveles y procedimientos del Estado para detectar la corrupción.

· Dice el 608: “Presentar denuncias o reclamos”. Sin embargo, hay que añadir la obligación de que el denunciado procure las pruebas de la legalidad de sus actos (o sea, invertir la obligación de aducir la prueba de inocencia; disposición legal conflictiva pero indispensable en vista de que el control social no es fiscal con armas).

¡Qué no tenga el control social una función de coartada, a través de una corresponsabilidad de la sociedad civil cuando ésta no participa ponderadamente con sus propuestas incorporadas en la determinación de políticas del Gobierno!

Se reconoce el control social en la Ley de Participación Popular (art. 7, 10, 11) y en la Ley de Municipalidades (art. 12), pero en la realidad de la vida cotidiana – y lo sabemos a ciencia cierta – no funciona el control. Lo sabemos a tal extremo que sería abusar de la paciencia del lector repetir los casos. Sabemos que las instancias formales encargadas de la fiscalización (que es mucho más rigurosa que el “control social”), en muchos casos no cumplen su función, por no existir una estricta separación de los poderes del Estado; más bien prevalece una interrelación estrecha que da la impresión de que los tres poderes son uno solo (existen escasas excepciones, como por ej. el Superintendente saliente de Bancos). Para subsanar esta falla garrafal democrática, se ha creado un seudo-mecanismo paralelo, con sus instancias, en vez de garantizar el funcionamiento impecable de la fiscalización.

Hay que señalar un alto riesgo, y es el siguiente.

Así como el diálogo entre el Gobierno central y la sociedad civil se ha convertido en una “dialoguitis” que no puede sustituir la visión de políticas coherentes, el control social no puede prometer, mucho menos garantizar, un Estado transparente y menos corrupto. En países con una democracia participativa y consolidada, el control social y el diálogo entre el gobierno y los gobernados, completa pero no sustituye la fiscalización, buscando más participación del ciudadano, comprometiéndole a la res pública.

Queda claro: en una democracia funcionando, hay una rigurosa fiscalización y se aplican las leyes sin distinción del acusado, pues delante de la ley todos somos iguales. Pero no seamos ingenuos de creer que la panacea “control social” o el “diálogo” (entre sordos, porque el Gobierno no escucha) hacen superfluas las reformas estructurales del Estado, tal como fueron exigidas en el Diálogo Nacional 2000. Lo que hace falta no son simulacros de soluciones con la función de una coartada sino soluciones de fondo.

fecha: 2001-07-28 23:42:23
autor: Willi Noack

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